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Hispabolsa => Valores en bolsa => Mensaje iniciado por: chanquete en 21 Jun 2013, 01:53 AM

Título: Caso concreto de portabilidad y penalizaciones.
Publicado por: chanquete en 21 Jun 2013, 01:53 AM
Oyente: Fernando Lobato

Tengo una duda: yo estaba con Jazztel y me terminaba una promoción y el siguiente mes se incrementaba casi el doble y unos meses antes Ono me hizo una oferta. Eran pocos euros de diferencia, pero me ofrecian más megas. Acepte la oferta de Ono y me lo instalaron; al día siguiente me hace Jazztel una contraoferta y me lo deja al mismo precio y condiciones que la promoción. Les dije que quién me daba de baja en Ono y me dijeron que ellos llamarían, pero que la portabilidad todavía no se había hecho; pasaron unos días y viendo que no recibía ninguna llamada de Ono, decido llamarlos un 902: y me dicen que tengo que pagar una penalización; al día siguiente me llaman y con tono amenazante al rechazar otra contra oferta suya, me vuelven a decir que tengo que pagar. Llamo a Jazztel y me dicen que vaya a una Omic y me dan los números de referencias de la baja . Ono me ha cobrado 211 euros y les devolví el router. El comercial de Ono que me ofreció la oferta me dijo que tenía una semana para probarlo y luego hasta quince dias de prueba. Me siendo engañado por Ono: es legal esto que me quieren hacer?

Responde el experto: Eugenio Ribón (CEACCU)

De la lectura de la consulta formulada por Fernando, creemos entender que se dan cuatro circunstancias relevantes. En primer lugar la ausencia de remisión de las condiciones generales de la contratación en la que se podrían advertir los detalles de la oferta. Todo apunta a que la contratación fue telefónica y de aquélla deriva la segunda circunstancia que es la falta de conocimiento de la existencia de un compromiso de permanencia. Si esto es tal y como hemos interpretado, asiste la razón a nuestro usuario al haberse infringido tanto la obligación de información precontractual como el deber de la operadora de facilitar por escrito o en soporte duradero (ej. correo electrónico) la contratación efectuada con sus condiciones concretas. Encuentra fundamento legal su reclamación en lo dispuesto en los artículos 3,c, 5, 8f) y 12 del Real Decreto 899/2009, de 22 de mayo por el que se aprueba la Carta de Derechos del usuario de comunicaciones electrónicas, así como los artículos 20, 60, 97 y 98 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de Consumidores y Usuarios y otras normas complementarias, artículos 2 y 3 del Real Decreto 1906/1999, de 17 de diciembre, por el que se regula la contratación telefónica o electrónica con condiciones generales y artículo 5.4 de la Ley 7/1998, de 13 de abril de Condiciones Generales de la Contratación. Puede reclamar gratuitamente los 211 euros cobrados indebidamente, sin necesidad de letrado ni procurador, a través del modelo de demanda específico que hemos desarrollado para casos como el que plantea y que ofrecemos en abierto en http://www.ceaccu.org/servicios-juridicos

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Jazztel no tiene permanencia y  es la que por contrato no te cobran aunque te vayas al dia siguiente del alta. A mi eso me ofrece la garantia de que estan ofreciendo el mejor producto porque si no lo fuese sus clientes se pirarian al segundo dia. El resto me parecen bastante ladronas, y en particular ONO, uf,  muy mala experiencia pasada con ellos.

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